El autor delinea las bases del Derecho global más allá del actual Derecho internacional y del antiguo Derecho de gentes. Entiende este nuevo Derecho como un orden jurídico mundial que, partiendo de la noción de persona como origen del Derecho, rige las relaciones de justicia en la medida en que afecten a la humanidad en su conjunto; asimismo, promueve el diálogo intercultural.