Como Luther Blissett, el colectivo llevó más allá esta idea al acuñar el término con-dividuo: «Es necesario deshacerse del concepto de in-dividuo, de una vez por todas. Ese concepto es profundamente reaccionario, antropocéntrico y está asociado para siempre con conceptos como la originalidad y los derechos de autor. En cambio, deberíamos abrazar la idea de un con-dividuo, es decir, una singularidad múltiple cuyo desarrollo conlleva nuevas definiciones de “responsabilidad” y “voluntad”, y no es buena para abogados y jueces